Los colegios, públicos y privados, deben remover las barreras físicas y arquitectónicas que impiden que los niños y las niñas con discapacidad puedan participar en condiciones de igualdad
Con frecuencia...
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La infraestructura de los colegios, públicos y privados, presenta barreras físicas o arquitectónicas como: escaleras, falta de rampas, falta de ascensores. En otros casos existen lugares del colegio no son accesibles como: los baños, los auditorios, los comedores, los lugares para hacer deporte.
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Los colegios se niegan a realizar los ajustes y adecuaciones necesarias para que los niños y niñas con discapacidad puedan participar en condiciones de igualdad y ser autónomos e independientes. En algunos casos ponen excusas como que son obras muy costosas, que benefician a muy pocos niños, que la infraestructura es muy vieja y que en su momento no se pensó en eso.
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Las familias creen que todas las obras y adecuaciones pueden hacerse de forma inmediata, cuando en realidad los colegios cuentan con recursos limitados para desarrollar grandes adecuaciones. Siempre se requiere priorizar y buscar alternativas que permitan lograr la accesibilidad, muchas de esas medidas son de bajo costo y requieren de la voluntad de las directivas.
¿Qué debe hacer la familia?
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IDENTIFICAR BARRERAS
Conozca el colegio donde estudia su hijo o hija con discapacidad, no se limite al salón de clases, revise comedores, baños, auditorios, lugares para deportes. Registre las barreras y obstáculos por medio de fotografías y videos.
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SOLICITAR QUE SE REMUEVAN
Solicite por escrito al colegio que remueva las barreras que enfrenta su hijo o hija con discapacidad. Haga un ejercicio de priorización, identifique las más graves, proponga ideas para resolverlas en el corto y en el mediano plazo.
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VINCULE A LAS AUTORIDADES
Copie su solicitud tanto a la secretaría de educación municipal como a la secretaría de educación departamental. En muchos casos los colegios no cuentan con los recursos suficientes y requieren que estas autoridades inviertan los recursos necesarios.
GRABE
Grabe todas las conversaciones que tenga con personas cuando le nieguen desarrollar algún ajuste para superar alguna barrera física. Los colegios son lugares públicos y quienes trabajan allí prestan un servicio público.
POR ESCRITO
Haga todas sus solicitudes por escrito, guarde copias con sellos y datos de radicados. Organice todo en una carpeta. En el momento que tenga que acudir a un/a abogado/a esto le ahorrará tiempo.
Use este formato escrito para solicitar al colegio que remueva las barreras físicas que impiden que su hijo o hija con discapacidad pueda participar en condiciones de igualdad en el colegio.
¿Qué debe hacer el colegio?
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IDENTIFICAR LAS BARRERAS Y TENER UN PLAN
Identificar las barreras físicas y arquitectónicas presentes en la infraestructura y diseñar un plan de accesibilidad que permita removerlas de forma progresiva.
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REALIZAR AJUSTES Y MEDIDAS URGENTES
Llevar a cabo los ajustes, reubicaciones y las medidas urgentes y prioritarias para remover las barreras de manera, así sea de forma temporal. Por ejemplo, trasladar salones, construir rampas sencillas, ofrecer ayuda.
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REALIZAR LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA
Realizar las obras de infraestructura necesarias para garantizar la accesibilidad del colegio en el mediano y largo plazo. Cuando los recursos del colegio sean insuficientes, las directivas deben gestionar los recursos con la secretaría de educación municipal o departamental.
¿Qué NO puede hacer el colegio?
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NEGARSE A TOMAR MEDIDAS INMEDIATAS
Negarse a tomar las medidas inmediatas para remover o superar, así sea de forma transitoria, las barreras arquitectónicas que excluyen a los niños y niñas con discapacidad y restringen su participación.
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OMITIR LAS GESTIONES ANTES LAS AUTORIDADES
Aun si los recursos de que dispone el colegio son insuficientes, las directivas son responsables de gestionar las necesidades de obras y de infraestructura ante las secretarías de educación del municipio o del departamento.
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NEGARSE A PLANIFICAR LAS OBRAS A LARGO PLAZO
Negarse a planificar las obras de infraestructura que garanticen la accesibilidad del colegio de forma progresiva.
Le negaron algún ajuste en la infraestructura del colegio, esto es lo que puede hacer
#Protegemos
Atención: negar un ajuste razonable en la infraestructura es una forma de discriminación en contra de las personas con discapacidad. En Colombia la discriminación es un delito. Si considera que en su contra o en contra de su hijo/a con discapacidad se ha cometido un delito puede denunciarlo.
Código Penal, art. 134a.
ACTOS DE DISCRIMINACIÓN
El que arbitrariamente impida, obstruya o restrinja el pleno ejercicio de los derechos de las personas por razón de su raza, nacionalidad, sexo u orientación sexual, discapacidad y demás razones de discriminación, incurrirá en prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses y multa de diez (10) a quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Código Penal, art. 134c.
CIRCUNSTANCIAS DE AGRAVACIÓN PUNITIVA
Las penas previstas en los artículos anteriores, se aumentarán de una tercera parte a la mitad cuando:
1. La conducta se ejecute en espacio público, establecimiento público o lugar abierto al público.
2. La conducta se ejecute a través de la utilización de medios de comunicación de difusión masiva.
3. La conducta se realice por servidor público.
4. La conducta se efectúe por causa o con ocasión de la prestación de un servicio público.
5. La conducta se dirija contra niño, niña, adolescente, persona de la tercera edad o adulto mayor.
6. La conducta esté orientada a negar o restringir derechos laborales.









