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Muchas veces creemos que la eutanasia y la asistencia médica al suicidio (AMS) son lo mismo, pero no lo son. La primera es una opción permitida en Colombia desde 1997 y una forma lícita de garantizar el derecho a morir dignamente en Colombia. Desde el 11 de mayo de 2022, la AMS también está despenalizada en Colombia, tras el litigio estratégico #YoTomoElControl de DescLAB.
Prestar una ayuda a una persona para poner fin a su vida no es un asunto menor. Todo lo contrario, es una decisión valiente y difícil de tomar que debe ser siempre vigilada por el Estado. No es una decisión a la ligera ni un servicio que se deba contactar y pagar a través de las redes sociales.
Tanto la eutanasia como la asistencia médica al suicidio son mecanismos despenalizados y legales en Colombia.
La eutanasia es el procedimiento mediante el cual un profesional de la medicina –siempre debe ser un médico– causa la muerte de una persona que cumple con los requisitos legales. En la AMS la persona causa su propia muerte por medio de dosis letales de un medicamento que le provee o formula también un médico.
La eutanasia y la AMS, junto con los cuidados paliativos y la Adecuación del Esfuerzo Terapéutico, integran las cuatro opciones que tienen las personas para ejercer su derecho a morir dignamente en Colombia.
En esta nota de blog de #TomaElControl le contamos los pasos para solicitar la eutanasia en Colombia.
La ayuda o asistencia no la debe brindar cualquier médico en cualquier momento, ni en cualquier lugar. El procedimiento debe ser solicitado al Sistema de Salud (en la EPS a la que está afiliada o en la IPS donde lo atienden), allí debe constituirse un Comité que evalúa y da respuesta en máximo diez (10) días calendario. Si la respuesta es positiva, se llevan a cabo los trámites y arreglos para practicar el procedimiento de acuerdo con la voluntad de la persona.
Tampoco cualquier persona puede solicitar el procedimiento. Se trata de poner fin a la vida y, por tanto, es de aplicación restrictiva. Solo pueden solicitar la muerte médicamente asistida las personas que cumplan con tres requisitos:
Manifestar el consentimiento de manera libre, informada e inequívoca. Esta manifestación la puede hacer la persona en cualquier momento, ante de tener una enfermedad o luego de conocer su condición médica.
Ser diagnosticada con una enfermedad grave o incurable.
Considerar que los dolores y el sufrimiento son incompatibles con la idea de dignidad.
Esos requisitos deben ser verificados por el Sistema de Salud a través de los Comités creados por la Sentencia T-970 de 2014 y por la Resolución 971 de 2021. Hágalo a través del sistema de salud de manera legal, el procedimiento es gratuito.
Creemos que tenemos mucho tiempo hasta que es demasiado tarde. Acá le contamos por qué es una buena idea tomar decisiones anticipadas cuando somos jóvenes y estamos sanos.
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