Lucas Correa
Registrar las solicitudes de eutanasia: el triunfo DescLAB ante el Ministerio de Salud
Actualizado: 1 abr 2022

A través de la nueva Resolución 971 de 2021, el Ministerio de Salud y Protección Social reglamentó el registro de solicitudes de eutanasia desde el mismo momento en que los ciudadanos las formulan y no solo cuando el procedimiento se lleva a cabo. Este cambio normativo es una victoria de la estrategia de monitoreo y seguimiento desarrollada por DescLAB en #TomaElControl. A través de la presión judicial logramos sacar de la inercia al Ministerio quien, aparentemente, tenía otras prioridades antes que cumplir las órdenes impartidas por la Corte Constitucional. En esta nota les contamos qué logramos y cómo lo hicimos.
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Lo que logramos: por qué registrar las solicitudes de eutanasia desde que se formulan es vital.
Desde 2015 y hasta junio de 2021 en Colombia solo se registraban las eutanasias efectivamente practicadas. No se registraba nada previamente, todo quedaba, como dice el Ministerio de Salud y Protección Social, dentro de la Lex Artis de los médicos, es decir, en la más absoluta falta de trazabilidad y, por supuesto, de impunidad.
Desde 2017, a través de la Sentencia T-423 de 2017, la Corte Constitucional había identificado esta barrera y había ordenado superarla. Se trataba de un caso en el que, entre otras cosas, el Sistema de Salud había omitido dar respuesta a las solicitudes de eutanasia de un ciudadano. No se cumplieron los tiempos de respuesta establecidos en la Resolución 1216 de 2015 y, por supuesto, hubo una suma de omisiones y negligencias que desembocaron en vulneraciones de derechos constitucionales. Por ello, la Corte le ordenó al Ministerio crear un mecanismo de registro para que las solicitudes de eutanasia se registraran desde el mismo momento en que los ciudadanos las formulan y fuera posible saber si las entidades del Sistema de Salud actúan con oportunidad.
DescLAB logró obligar al Ministerio de Salud y Protección Social a reglamentar ese mecanismo de registro luego de más de 3 años de omisiones y negligencia ante las órdenes estructurales de la máxima instancia constitucional en Colombia. En palabras planas, pusimos en movimiento a un monstruo paquidérmico que solo se mueve cuando los enormes intereses económicos del negocio de la salud lo incentivan o cuando los jueces los obligan.
De Bogotá a Arauca: del papel a la acción.
Lo primero que hicimos fue sistematizar las órdenes estructurales que la Corte Constitucional ha emitido para transformar el Sistema de Salud colombiano y eliminar las barreras que las personas encuentran al momento de ejercer su derecho a morir dignamente. En DescLAB somos expertos en ese tema y sabíamos que algunas se habían cumplido, pero sabíamos que otras no y queríamos cambiar eso.
Las órdenes estructurales en las sentencia de la Corte Constitucional son una característica exótica de nuestro sistema constitucional. En algunos casos, la Corte entiende que los problemas y las barreas superan los intereses de las partes involucradas e identifica que hay situaciones que deben cambiar para que no se vulneren los derechos constitucionales, esto incluye: cambiar normas, crearlas, modificarlas, monitorear lo que hacen las ramas del poder público, ordenar programas, acciones concretas del Estado, reparaciones simbólicas, en fin, un univer