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Foto del escritorLucas Correa

Interdicción judicial: ¿qué pasa si no se hace la revisión?

Actualizado: 14 mar


Mazo de un juez recostado sobre un soporte con una viñeta blanca que lo acom


El Congreso colombiano, a partir de La ley 1996 de 2019, acabó con la figura de interdicción en Colombia, lo que significa que la personas no pueden iniciar un proceso jurídico para solicitar una medida de interdicción y que todas aquellas interdicciones emitidas antes de la ley 1996 deben ser revisadas, frente a esto existen muchas dudas, acá les contamos algunas de las preguntas frecuentes y sus respuestas.


¿Quién puede solicitar la revisión de la interdicción?

De acuerdo con la ley, este proceso debe ser iniciado por el juez que la decidió. Sin embargo, la revisión también puede solicitarla la misma persona con discapacidad declarada interdicta o por terceras personas de la red de apoyo que tengan un interés legítimo.


Las personas no deben quedarse esperando a que los jueces de familia los citen para llevar a cabo la revisión de la interdicción. Todo lo contrario, dado que en plazo el está por vencerse (agosto de 2024), deben acudir a un abogado de familia para hacer la solicitud de la revisión y para que los acompañe en el proceso.


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¿Cuándo se vence el plazo para revisar las interdicción?

El plazo establecido por la Ley 1996 vence el 26 de agosto de 2024. Este es un plazo que aplica a los jueces, pues son ellos quienes, en primer lugar, deben hacer la revisión de oficio de las interdicciones que declararon.


¿Que para si no se revisa una interdicción antes de agosto de 2024?

Después del 26 de agosto de 2024, las interdicciones que hubiesen sido declaradas judicialmente y que no hayan sido revisadas seguirán vigentes.


Si no se realiza el proceso de revisión van a surgir diferentes tipos de problemas. Primero, algunas personas con discapacidad cuyo derecho a la capacidad jurídica fue limitado por la medida de interdicción, van a continuar con dicha situación, lo cual pretende constituir una vulneración de sus derechos humanos. 


Segundo, las personas declaradas interdictas y sus familias van a encontrar dificultades para poder brindar apoyos y para representar a las personas con discapacidad cuando intenten usar la sentencia de interdicción para llevar a cabo actos jurídicos. Paulatinamente, bancos, notarías, entidades públicas, entre otros, van a dejar de aceptar las sentencias de interdicción y van a exigir haya hasta una sentencia de apoyos o que la persona actúe por sí misma. 


Tercero, los jueces pueden incurrir en responsabilidades disciplinarias al no haber revisado de oficio todas las interdicciones declaradas en el plazo establecido por la ley.


¿Puedo solicitar la revisión de una interdicción después de agosto de 2024?

Sí. Lastimosamente muchos juzgados de familia en diferentes circuitos del país no van alcanzar a revisar todas las interdicciones en el plazo establecido por la ley. En esa medida, van a tener que continuar revisando de oficio las medidas para evitar que dichas interdicciones continúen vigentes y que se creen o prolonguen vulneraciones de derechos


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En este sentido, con seguridad habrá barreras para las personas cuyas no interdicción no haya sido revisadas y los jueces se van a encontrar en la necesidad de continuar con el proceso de revisión así en plazo fijado por la ley esté vencido.
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