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  • Foto del escritorCamila Jaramillo Salazar

¿Quiénes tienen derecho a la asistencia médica al suicidio en Colombia?


Puente de madera

Desde el 11 de mayo de 2022 con la Sentencia C-164-22, la asistencia médica al suicidio (AMS) se convirtió en una prestación parte del derecho a morir dignamente en Colombia. Aunque es un derecho fundamental, no todas las personas tenemos derecho a morir a dignamente a través de la AMS en cualquier momento de la vida. Esto significa que, aunque eventualmente sea nuestro deseo acceder a esta ayuda, debemos cumplir con ciertos requisitos. En esta nota les compartimos cuatro ideas para tener más claridad sobre quiénes pueden acceder al AMS en nuestro país y bajo qué condiciones.


Idea 1. Al igual que para los casos de eutanasia, se deben cumplir tres requisitos.


La reglamentación actual establece que son tres requisitos los que se deben cumplir para que tanto el AMS como la eutanasia puedan llevarse a cabo:

  1. Manifestar el consentimiento de manera libre, informada e inequívoca.

  2. Ser diagnosticado con una enfermedad grave e incurable (Sentencia C-233 de 2021).

  3. Considerar que la vida ha dejado de ser digna a causa de los dolores insoportables que genera la enfermedad.

Haga click aquí para conocer más sobre los requisitos que se deben cumplir para acceder a la eutanasia en Colombia.


Idea 2. Las personas con enfermedades mentales pueden solicitar la muerte médicamente asistida.


Con la eliminación de la enfermedad en estado terminal, el nuevo criterio son las enfermedades graves e incurables. No obstante, la enfermedad grave no implica únicamente el riesgo de muerte. También puede ser una enfermedad que, sin causar la muerte, tenga un alto impacto o un impacto negativo en la calidad de vida de la persona que la experimenta y convive con ella. En principio las enfermedades mentales pueden encajar en esta definición, pero hay que tener cuidado porque del diagnóstico médico no se sigue automáticamente la decisión de morir.


Muchas de las enfermedades mentales son incurables, pero para ellas existen tratamientos que pueden ser más o menos eficaces, que pueden ayudar a tener momentos de estabilidad, pero que no eliminan el riesgo de recaída. Es cada persona quien debe valorar y decidir qué tratamientos intentar y cuándo es el momento de dejar de hacerlo y solicitar la eutanasia o el SMA.


Recuerde que la decisión de solicitar y acceder a la eutanasia o la AMS no puede estar motivada por un acceso deficiente a servicios de salud mental.



Idea 3. No todos los extranjeros pueden acceder a la muerte médicamente asistida en Colombia.


Con respecto a la AMS, no está definido si los extranjeros pueden acceder a esta prestación en Colombia. Para los casos de eutanasia, la Resolución 971 de 2021 establece que las personas extranjeras deben contar con domicilio ininterrumpido durante un (1) año. Esta norma hace una diferenciación que antes no estaba clara en la regulación e implica que las personas deben vivir el último año de sus vidas en el país.


Idea 4. A pesar de querer acceder al SMA, recomendamos diligenciar y firmar un Documento de Voluntad Anticipada (DVA).


Los Documentos de Voluntad Anticipada (DVA) son documentos con valor jurídico que nos permiten manifestar el consentimiento y voluntad sobre el fin de la vida de forma clara informada y completa. Estos documentos nos permiten tomar decisiones sobre el futuro para anticiparnos a situaciones de salud o emergencias que nos impidan comunicar nuestro deseos.


Para los casos de AMS, el Documento no cumpliría una función efectiva, dado que la persona siempre debe estar en la capacidad de causar su propia muerte. La persona que quiere acceder a la AMS, debe no solo tener la capacidad física de causar su propia muerte sino también la capacidad de tomar una decisión que no dé lugar a dudas en el momento en que se presta la ayuda por parte del Sistema de Salud. En ese sentido, el DVA es efectivo en los casos de eutanasia para personas –por ejemplo– en estado vegetativo permanente donde se deja constancia de la voluntad previo a un estado de salud que no permite manifestar el consentimiento.


Click aquí para ver la nota de blog: Qué es un documento de voluntad anticipada y por qué es una buena idea firmarlo

Todas las personas mayores de edad podemos diligenciar y formalizar los DVA y comunicar si queremos o no acceder a la muerte médicamente asistida en caso de no poder manifestar nuestra voluntad y consentimiento. Por este motivo, así la AMS sea una opción, es mejor diligenciar el DVA, pues no tenemos certeza de lo que ocurra en el futuro.


Entra a #TomaElControl de DescLAB y consulta toda la información sobre el derecho a morir dignamente en Colombia para tomar decisiones anticipadas. Reflexionar y hablar en la mesa del comedor sobre el Documento de Voluntad Anticipada es un primer paso para pensar en cómo imaginamos el fin de la vida.

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