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Colegios privados e inclusión: 14 retos y novedades del Decreto 1421

En agosto de 2017 el Ministerio de Educación Nacional expidió el Decreto 1421 el cual regula la educación inclusiva de los estudiantes con discapacidad en Colombia. Las normas vigentes sobre educación inclusiva aplican a colegios privados y públicos por igual. Esto quiere decir que es falso que los colegios privados puedan excluir o no aceptar niños y niñas con discapacidad. Algunos han abordado el reto de manera positiva, otros se resisten.
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En esta nota de blog les contamos cuales son los 14 retos y novedades que enfrentan los colegios privados para garantizar la educación inclusiva de sus estudiantes.
RETO 1. Los colegios privados deben ser inclusivos, sus obligaciones son las mismas que aplican a los colegios públicos. Ninguna norma colombiana hace diferencias en las obligaciones que tienen los establecimientos educativos (colegios) ya sean públicos o privados. No es una excusa que, un colegio sea privado, para no cumplir el Decreto 1421 de 2017, o para no cumplir las obligaciones que exige el derecho a la educación inclusiva (como aquellas derivadas de la Ley 1618 de 2013, la Constitución Política de 1991 y la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad). Los colegios privados prestan un servicio público y no pueden discriminar o excluir a los estudiantes en razón de su discapacidad.
RETO 2. Poner al estudiante en el centro. La educación inclusiva es un derecho de los estudiantes con discapacidad, no es un derecho de los padres de familia, éstos son aliados del proceso de educación de sus hijos, pero deben elegir, siempre, una educación inclusiva para ellos, de otra manera estarán desescolarizados y sus derechos vulnerados.
Que el estudiante con discapacidad esté en el centro implica que los ajustes razonables y apoyos pedagógicos no están predeterminados en las normas, ni en los lineamientos o en las orientaciones oficiales, tales son apenas una guía. Los ajustes razonables y los apoyos pedagógicos deben ser identificados y desarrollados a la medida de cada estudiante, desde la valoración pedagógica y desde sus potencialidades.
La falsa idea de que el estudiante es el que se ajusta a las imposiciones del colegio es incompatible con el derecho a la educación inclusiva. No caben acá excusas como que el colegio es muy competitivo, de mucho nivel, bilingüe, entre muchas otras que escuchamos a diario.
RETO 3. El docente de aula es el principal actor de la inclusión. El Decreto 1421 de 2017 establece que es docente de aula el principal responsable de la inclusión de los estudiantes con discapacidad, por supuesto no está solo y debe contar con la ayuda de toda la comunidad educativa.